Te contamos los límites que no debes sobrepasar a la hora de actualizar la renta de un contrato de alquiler este 2022 en función de si eres gran tenedor o particular.

Debido a la subida desmesurada de los precios, el Gobierno aprobó mediante el Real Decreto-ley 6/2022 de 29 de marzo, un límite extraordinario a las actualizaciones anuales de la renta del alquiler de vivienda, una medida que nos interesa abordar ya que afecta también de manera directa a las viviendas arrendadas en nuestros municipios de actuación: Altea, Benissa, Moraira, Jávea…

La inmensa mayoría de los contratos de alquiler utilizan el IPC como índice de actualización anual, un índice que no ha parado de subir desde que se desatara la guerra de Ucrania. En febrero de 2022, el IPC se situó en el 7,6%, situación que provocó que el Gobierno de España decidiera poner en marcha un Real Decreto con el fin de que esta subida no se trasladase con igual magnitud al precio de los alquileres.

Tras el continuo crecimiento del IPC tras la entrada en vigor de la nueva normativa (8,7% en mayo de 2022 y 10,2% en junio de 2022), el Gobierno ha decidido extender esta medida hasta finales de año, haciendo que los contratos de alquiler que cumplan año antes del 31 de diciembre de 2022 se rijan también bajo el mismo mandato.

Pero, ¿En qué consiste el Real Decreto-ley 6/2022 de 29 de marzo? ¿Cómo debe actualizarse la renta de los alquileres hasta finales de 2022?

Actualización de la renta si el arrendador es un gran tenedor

Si el arrendador es un gran tenedor, la manera de actualizar la renta en un contrato de alquiler durante 2022 será el que resulte del nuevo pacto ente las partes sin que este pueda exceder del resultado de aplicar la variación anual del índice de Garantía de Competitividad a fecha de dicha actualización.

De no existir pacto entre las partes, el incremento de la renta del alquiler quedará sujeto a esta misma limitación.

Es decir, el incremento en la actualización será el que pacten las partes sin que este pueda superar el 2%

¿Qué es un gran tenedor?

Se entenderá como gran tenedor a efectos de aplicación del Real Decreto, la persona física o jurídica que cumpla alguno de los siguientes requisitos:

  • Que sea titular de más de 10 inmuebles de uso residencial
  • Que sea titular de una superficie construida de más de 1.500m2 de uso residencial, excluyendo garajes y trasteros.

Actualización de la renta si el arrendador NO es un gran tenedor

Si el arrendador no es un gran tenedor, la actualización de la renta del alquiler en 2022 será también el que resulte del nuevo pacto entre las partes. De no existir pacto, el incremento de la renta no podrá exceder del resultado de aplicar la variación anual del índice de Garantía de Competitividad a fecha de dicha actualización.

Es decir, la actualización de la renta será el que pacten las partes sin el límite máximo del 2% que se aplica en el caso de los grandes tenedores. No obstante, si arrendador y arrendatario no llegan a un acuerdo, la actualización a aplicar será de un 2% como máximo.

Índice de Garantía de Competitividad

Pero, ¿Qué dice el Índice de Garantía de Competitividad? Según la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española (BOE 31/03/2015), el INE es responsable del cálculo y publicación mensual del Índice de Garantía de Competitividad (IGC).

Este índice será igual al índice de Precios al Consumo Armonizado (IPCA) de la UEM menos una parte de la pérdida de competitividad acumulada por España desde 1999.

Si esta tasa se sitúa por debajo del 0%…

  • Se tomará este valor como referencia, lo que equivaldrá a la aplicación de la regla de no revisión.

Si esta tasa supera el objetivo a medio plazo de inflación anual de Banco Central europeo…

  • Se tomará este valor como referencia, es decir, el 2%.

Tener una vivienda arrendada, no siempre es una tarea sencilla, sobre todo, cuando no residimos en la localidad en la que se encuentra la vivienda que rentabilizamos por medio del alquiler. A la complejidad de los contratos, trámites y disconformidades varias con los inquilinos, se le suma una normativa cambiante que debemos conocer para no incurrir en infracciones que nos hagan perder parte de la rentabilidad a la que podemos optar.

Para evitar este tipo de situaciones, en Hispania Homes nos ofrecemos a gestionar tu alquiler en Moraira-Teulada, Benissa, Jávea y Benitachell. Además, si lo prefieres también podremos realizar un análisis de tu vivienda respecto al mercado inmobiliario en el que se ubica para que conozcas si te resulta más rentable alquilar o vender.

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